viernes, 22 de junio de 2012

Análisis Caso Clínico Mariela Rojas


Análisis Caso Clínico

Mariela Rojas W


Introducción


            La legislación que rige al fonoaudiólogo en la actualidad es el código ético decretado por el Colegio de Fonoaudiólogos Chileno en 1983, donde se deja expreso cuales son las obligaciones del profesional para con los pacientes, los compañeros de trabajo, el colegio y la sociedad.
Ley 20.584 promulgada el 13 de abril del año 2012, que trata sobre los derechos y obligaciones del paciente. Los derechos del paciente son a recibir trato digno sin ser discriminados por religión, etnia, raza, o sexo, además de recibir atención oportunamente, ser orientados e informados apropiadamente de su estado de salud y que se brinden oportunidades de tratamiento para la rehabilitación de las enfermedades que puedan presentar, respetar las elecciones que ellos hagan acerca de como sobrellevar su enfermedad y acompañarlos en el proceso también quedan expresados en esta ley.
La relación terapéutica tiene tanta importancia en Fonoaudiología como en cualquier carrera del área de la salud, lograr entablar una relación provechosa beneficiará al paciente a comprender y sobrellevar su enfermedad, y aumentará la efectividad del tratamiento recibido. Una relación terapéutica apropiada también contribuirá al buen diagnóstico ya que si contamos con la confianza del paciente, tendremos acceso a mas datos que orientarán nuestro ejercicio profesional.

Marco Referencial

Otitis Media con efusión es una patología del oído medio, consiste en la acumulación de líquido ceroso o mucoso en la caja timpánica, puede tener su origen en causas bacterianas, o en la disfunción tubárica, quien juega un rol significativo en el desarrollo de esta enfermedad, ya que al taparse o inflamarse posibilita la excesiva acumulación de líquidos en el oído medio. Esta enfermedad suele ser asintomática y generalmente no es dolorosa, es de lento desarrollo y provoca hipoacusias de conducción que pueden ser transitorias o pueden evolucionar con la persistencia de la enfermedad.
La alta incidencia que presenta esta enfermedad en la población infantil, puede fundamentarse en que la tuba auditiva de los niños, es más corta y se encuentra más horizontal, lo que dificulta el drenaje de líquidos desde el oído hacia la nasofaringe aumentando las posibilidades de infección.
El tratamiento para los pacientes con otitis media con efusión comienza con antibióticos, de no ser efectivos se recurre a una cirugía en la que se instala un tubo de ventilación en la membrana timpánica lo que dificulta la acumulación de líquidos en el oído medio.
Las hipoacusias son pérdidas auditivas, pueden ser por distintas causas y tienen distintas gravedades. Las causas pueden ser:
·         Neurosensoriales, por daños en la cóclea o daños en las vías auditivas desde la cóclea hasta el córtex cerebral,
·         de Transmisión o conducción cuando existe un elemento interfiriendo en la transmisión de la onda,
·          Genéticas.
La severidad de las hipoacusias se mide de acuerdo a la pérdida auditiva que tenga quien padece este trastorno siendo así:
·         Audición normal: de 0 a 20 db HL
·         Hipoacusia leve: de 20 a 39 db HL
·         Hipoacusia moderada de 40 a 69 db HL
·         Hipoacusia severa: de 70 a 89 db HL
·         Hipoacusia profunda: de 90 db HL en adelante
Padecer hipoacusias en los periodos críticos de adquisición del lenguaje puede interferir negativamente en este proceso, aquí radica la importancia del diagnostico y pesquisa adecuada y oportuna de las otitis que pueden generar este tipo de trastornos.


Análisis del caso clínico
Consuelo de 6 años y 1 mes de edad, hija única, escolar que asiste a primero básico sufre de otitis a repetición con supuración en promedio una vez al año recibiendo tratamiento farmacológico es derivado de colegio municipal a su escuela de lenguaje por “hablar mal y confundir las letras”. Con estos datos se realiza examen de habla y lenguaje.
Se evidencia presencia de procesos fonológicos de simplificación, e inconsistencias articulatorias en los fonemas, / l /, / r/, / rr /, / g /, /d/. Se evidencia área semántica y morfosintáctica con bajos puntajes en las pruebas, respecto a su edad cronológica. Se le diagnostica con Trastorno del lenguaje y debe ingresar al curso pre-básico especifico, tres veces a la semana para tratamiento articulatorio y de lenguaje.
Además como se evidenció bajo rendimiento lingüístico, en las pruebas se sospecha algún grado de Déficit Intelectual y se deriva para evaluación psicológica y pedagógica. La madre presenta buena disposición para trabajar con ella, pero sale preocupada con sus indicaciones.
             Se emitió un diagnóstico de TEL, sin considerar que los déficit que la menor presenta pueden ser causados por las constantes otitis media con efusión, al ser esta causante de hipoacusias de conducción, no se especuló la posibilidad de que la paciente quedara con algún daño auditivo permanente.
En la ley 20.584 sobre los derechos del paciente, se deja explícito en el artículo n° 10, el derecho que tienen los pacientes, o tutores, a recibir información oportuna y comprensible acerca de su estado de salud, el posible diagnóstico, las alternativas de tratamiento disponibles, los riesgos que estas puedan presentar y el pronóstico esperado.
La preocupación de la madre de Consuelo puede justificarse en la poca información que recibió sobre la salud de su hija.
            Sería adecuado realizar una audiometría y una impedanciometría para evaluar la audición de la paciente, posteriormente estimar si la instalación de un tubo de ventilación transtimpánico o collera sería apropiado ya que la menor ha recibido tratamiento farmacológico aparentemente sin resultados efectivos. Una collera es un tubo de silicona que se instala en la membrana timpánica a través de una cirugía, este tubo favorece la ventilación y permite el drenaje de la acumulación de líquidos existentes en el oído medio, este tratamiento quirúrgico repercutiría positivamente en la audición de Consuelo y por lo tanto mejoraría la capacidad de comprender y distinguir fonemas.
            Luego con los resultados de los exámenes se podría emitir un diagnóstico contundente considerando todas las aristas de los problemas que está presentando Consuelo, ya que es de esperar que si la menor presentó hipoacusias en los periodos críticos de la adquisición del lenguaje exhiba algunos retrasos en lenguaje y habla.

Conclusión

La no-maleficencia es un fundamento básico de la bioética, consiste en no dañar al otro o causar el menor de todos los males, emitir diagnósticos precoces sin estimar todos los ángulos de una enfermedad y orientar un tratamiento o terapia sin precaución puede causar el aumento de una patología, o simplemente no resolver el problema del afectado.
No debemos olvidar que los pacientes son seres humanos tal como nosotros y merecen respeto y dedicación, para lograr beneficiarlos realmente debemos considerar todos los ángulos de una patología que los aqueje, de esta manera cumpliremos con ellos y con la sociedad en la que ellos están incluidos. Olvidarnos de los fundamentos de la bioética nos llevará a incurrir en errores que perjudicarán el desarrollo de los pacientes.
Conociendo bases teóricas de bioética, respetando los derechos del paciente y el código ético del fonoaudiólogo lograremos ser profesionales íntegros sin provocar daños ni perjuicios a quienes solicitan de nuestra atención.



 Bibliografía

1-      Arruti , Pélach, Zubicaray, Hipoacucias en la edad infantil. Diagnostico y tratamiento. Recuperado 17-06-2012. Disponible en:
2-      Clases de ética.
3- Codigo ético del fonoaudiólogo. Recuperado el 15-06-2012. Disponible en: http://www.colfonochile.cl/web_old/images/descargas/pdf/codigoetica.pdf
4-      Finkelstein A, Beltran C, Caro J. Actualización en Otitis Media con Efusión: Revisión Bibliográfica. Rev. Otorrinolaringol. Cir. Cabeza Cuello [online]. 2006, vol.66, n.3 [citado 12-06-2012], pp. 247-255. Disponible en:
 <http://www.scielo.cl/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0718-48162006000300012&lng=es&nrm=iso>. ISSN 0718-4816.  doi: 10.4067/S0718-48162006000300012.
5-      Ley 20.584 de los derechos y obligaciones del paciente recuperado el 14-06-2012. Disponible en: http://www.leychile.cl/N?i=1039348&f=2012-10-01&p=
6-      Marrugo G, Gomez D. Neumatoscopía e Impedanciometría en el diágnostico de la otitis media con efusión. Rev.fac.med.unal [online]. 2005, vol.53, n.4 [cited 14-06-2012], pp. 226-234. Disponible en:
<http://www.scielo.org.co/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0120-00112005000400004&lng=en&nrm=iso>. ISSN 0120-0011.

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